CONDICIONES GENERALES DE CONTRATO DE VENTA DE PAQUETES TURISTICOS
Antes de adquirir tus vacaciones con Terremobili te pedimos de leer las condiciones generales de venta de nuestros servicios. Terremobili está siempre a tu disposición para cualquier información necesaria.
Considerando que:
- GH s.r.l., desarrolla la actividad de AGENCIA DE VIAJES & TOUR OPERATOR en Bolonia, Via Cesare Battisti 9, código fiscale 02475521205, inscrita al n° 442458 Registro de las Empresas de Bolonia, bajo la Autorización Administrativa de la Provincia de Bolonia n° 390 (acto directivo 23/4/2007);
- El vendedor del paquete turístico, a quien el consumidor se dirige, debe poseer la autorización administrativa al cumplimiento de la actividad;
- El consumidor tiene derecho de recibir una copia del contrato de venta del paquete turístico (de acuerdo al art. 85 Cod. Cons.) que es documento indispensable para acceder eventualmente al Fondo de Garantía que
la noción de “paquete turístico” (art. 84 Cod. Cons.) es la siguiente: los paquetes turísticos tienen como objeto los viajes, las vacaciones y los circuitos “todo incluído”, resultado de las combinaciones prefijadas al menos por dos elementos indicados inmediatamente, vendidos o ofrecidos en venta a un precio a forfait, y de duración superior a las 24 horas o bien con extensión por un periodo de tiempo que comprenda minimamente una noche:
a) transporte;
b) alojamiento;
c) servicios turísticos no accesorios al transporte o al alojamiento (omissis)… que constituyan parte significativa del “paquete turístico”.
1) FUENTES LEGISLATIVAS. La compra-venta de paqueto turístico, ya sea que tenga como objeto de proporcionar en territorio nacional o extranjero será ordenado por la L 27/12/1977 nr. 1084 de ratificación y ejecución de la Convención Internacional relativa al contrato de viajes (CCV) firmada en Bruselas el 23/4/1970 en cuanto aplicables, asimismo por el Código de Consumo.
2) RESERVAS.La petición de reserva deberá ser redactada en el formulario contractuales indicado, ya sea en el caso electrónico, rellenado en cada un de sus partes y subcrita por el cliente, quien recibirá una copia.
La aceptación de la reserva por parte de GH s.r.l. está subordinada a la disponibilidad de lugar. La reserva se entiende perfeccionada, con consecuente conclución del contrato, sólo en el momento en el cual la organización envie la relativa confirma, también por medio del sistema telemático, al cliente ( o a través de la agencia en el caso de que la venta haya sido hecha trámite esta). La información relativa al paquete turístico no contenidas en los documentos contractuales, en los folletos o bien en otros medios de comunicación escrita, serán proporcionados por la organización en cumplimiento de las obligaciones previstas por el propio cargo del art 87 coma 2 Cod. Cons. antes del inizio del viaje.
GH s.r.l. se reserva el derecho de no efectuar el viaje, en el caso de que no se haya alcanzado el número mínimo de participantes eventualmente indicado en el catálogo, informándole al cliente en forma escrita con al menos 20 días de preaviso respecto a la fecha prevista de inicio del viaje.
3) PAGOS. En el acto de la reserva deberá tener correspondencia, a título de adelanto, la cuota de inscripción y un adelanto del 25% del precio del pachete turístico; el saldo deberá ser depositado dentro 30 días antes de la salida prevista, o bien en concomitanza con la reserva, si esta se efectúa en los 30 días anteriores a la salida. La falta de pago a la organizador de las sumas señaladas sobre las fechas establecidas constituye cláusula resolutiva expresa tal de determinar, por parte del vendedor o de la organización, la resolución de derecho. La relativa comunicación, si proviene del organizador, será enviada al consumador (o a la agencia si la venta ha sido hecha a través de esta).
4) CESIÓN/ RESCISIÓN
4.1. Cesión de la reserva
El cliente que este en la imposibilidad de usufrire del viaje reservado puede dar la propia reserva a una persona che cubra las condiciones necesarias para el viaje, después de haber informado al agente de viaje y GH s.r.l., por medio de carta certificada o, en caso de urgencia, telégrama, fax o telex que deberán ser recibidos dentro 4 días laborativos antes de la salida, indicando las generalidades del cesionario (nombre, apellido, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad). Sin embargo GH s.r.l. no será responsable de la eventual falta de aceptación del nuevo nominativo por parte de terceros proveedores de servicios. El cliente cedente y el cesionario son solidamente responsables por el pago del saldo del precio, asimismo, por los gastos suplementarios resultados por dicha cesión, como establece el sucesivo artículo 7.
4.2. Rescisión y anulación
4.2.1. Para la organización de los propios viajes GH s.r.l. monta una serie de servicios adquiridos por los proveedores de los mismos. Para garantizar que, a causa de las reservas efectuadas por los viajeros y aceptadas por GH s.r.l., los servicios vengan efectivamente puestos a disposición por los proveedores singulares, GH s.r.l. debe asumir determinadas obligaciones contractuales ante los mismos proveedores.
En virtud de lo anterior, y considerando que por lo concertado de acuerdo a los art. 1372 e 1373 c.c. la facultad de rescisión al principio general del vínculo del contrato, a excepción de las hipótesis ordenadas por el D.Lgs. 111/95, la rescisión puede ser consentida exclusivamente a condición de que el cliente tenga indene GH s.r.l. de costos, gastos y pérdidas que la misma sostendrá a causa de dicha rescision.
Por lo tanto, queda de esta manera delineada la orden contractual de la rescisión.
4.2.2. Al cliente que rescinda del contrato antes de la salida a excepción de los casos enumerados al siguiente art 4.2.3 serán adebitados a título penal, independientemente del pago del adelanto previsto por el art. 3 las cuotas de inscripción, las primas del seguro y los siguientes porcentajes de la cuota de participación , calculadas en base a cuantos días antes del inicio del viaje ha sucedido el anulación (el calculo de los días NO incluye el día de la rescesión, cuya comunicación debe efectuarse en un día laborativo anterior al dia del inicio del viaje):
- rescesión de 59 a 31 días antes del inicio del viaje: 20% para todos los viajes y estancias;
- rescesión de 30 a 21 días antes del inicio del viaje: 35% sobre el importe total;
- rescesión de 20 a 11 días antes del iicio del viaje: 60% para todos los viajes y estancias
- rescesión durante los 10 días del inicio del viaje: ningun rembolso.
Las medésimas sumas deberán dadas por quien no pudiera efectuar el viaje por falta o irregularidad de los previstos documentos personales de expatrio. Ningún rembolso para el cliente que decida interrumpir el viaje o la estancia ya acordada.
4.2.3. El cliente podrá rescindir del contrato de viaje, sin depositar el pago por la rescesión indicado en el precedente art.4.2.2. en caso de modificación significativa por parte de GH s.r.l. de uno de los elementos esenciales del contrato, como (a títolo ejemplificativo y no exaustivo):
- aumento del precio del viaje todo incluido superior al 10% del precio global;
- aplazamiento de la fecha de salida superior a dos días laborativos;
- modificación de la categoría de hotel.
En tal caso el cliente será obligado a comunicar dentro de dos días laborativos del recibimiento de la comunicación de la modificación, se entiende ejercitar el derecho de rescesión, o bien aceptar la modificación.. En caso de ausencia de comunicación por parte del cliente, la modificación se entendera aceptada.
En el caso en que el cliente ejercite el derecho de rescesión de acuerdo al presente art. 4.2.3., el mismo podrá solicitar de usufrir de otro viaje de valor equivalente, o bien , en el caso de que no sea disponible, de valor superior, sin suplemento de precio, o bien de valor inferior, y en tal caso se le debe restituir la diferencia del precio. Si no entiende usufrir de otro viaje, el cliente podrá solicitar el rembolso de las sumas ya depositadas, que le serán devueltas dentro de 7 días del recibimiento de la comunicación de la rescesión y de la intención de no usufrir de propuestas alternativas.
5) OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES. Los participantes deben poseer de pasaporte individual o de otro ducumento válido para todos los países incluidos en el itinerario, asimismo de las visas de estancia y de tránsito y de los certificados sanitarios que fueran eventualmente requeridos. Los participantes deberán acatarse a las reglas de prudencia y diligencia y a toda la información administrativa y legislativa relativa al paquete turístico. Los participantes serán llamados a responder por todos los daños que el Organizador pudiera sufrir a causa de su incumplimiento. El participante esta obligado a dar al organizador todos los documentos, la información y los elementos en su posesión, útiles para que el mismo pueda ejercitar el derecho de subrogación en relación a terceros responsables del dano.
6) EXIGENCIAS PARTICULARES DEL CLIENTE. El cliente está obligado a notificar por escrito sus eventuales exigencias particulares al momento de la reserva. GH s.r.l. se reserva de aceptar por escrito dichas peticiones particulares, después de haber confirmado la disponibilidad de los proveedores que deberán erogar las prestaciones. GH s.r.l. se encargará de dar cuanto antes al cliente, tramite la Agencia de viajes( si la reserva ha estado efectuada en agencia), una comunicación relativa a los costes suplementarios originados por dicha petición, siempre y cuando las mismas sean posibles.
7) MODIFICACIONES ANTES DE LA SALIDA.
7.1 MODIFICACIONES ANTES DE LA SALIDA POR PARTE DEL CLIENTE. Las modificaciones requeridas por el cliente después de que la reserva haya estado confirmada por GH s.r.l. comportan gastos operativos por GH s.r.l. y en algunos casos también el debito de penales por parte de los proveedores o riesgos de una disminución de ocupación de los vuelos, con los daños consecuentes. Los gastos adebitados por GH s.r.l. entonces, tienen un monto fijo de € 25,00 (euro venticinco/00) por operación de modificaciones relativas a: aeropuerto de salida, trato hotelero, complejo hotelero, disminución de días de estacia, alquiles de servicios varios, fecha de salida (mismo fin de semana o fecha anterior) a las cuales se suman únicamente modificaciones de destino(complejo hotelero por combinación de sólo estancia) y fecha de salida*:
De 29 a 15 gg: 5% de la cuota de participación;
de 14 a 9 gg: 10% de la cuota de participación;
de 8 a 4 gg: 30% de la cuota de participación;
de 3 a 0 gg: 60% de la cuota de participación;
* Por modificaciones de destino o complejo hotelero y por aquellas de fecha de salida relativas a los viajes de duración superior a 13 días o efectuados con vuelos de línea, 50% de la cuota de participación (80% en el caso de variaciones de fecha de salida por combinación de sólo estancia).
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NOTAS 1) La disminución del número de pasajeros participantes en un único viaje se debe entender como “anulación parcial”(ver el punto 4.2. Rescesión). 2) por “destino“ se entiende no el Estado sino la localidad de estancia, en cuanto a veces encontramos destinaciones diversas en el interior del mismo Estado. 3) En caso de más modificaciones requeridas contemporaneamente, no se acumulan los gastos correspondientes, simplemente se aplica aquella de importe más alto.
7.2) MODIFICACIONES Y ANULAMENTOS DEL PAQUETE ANTES DE LA SALIDA DE
PARTE DE LA ORGANIZACION. Cualquier modificacion significativa por parte del organizador, del paquete o de uno de sus elementos esenciales esta sujeta a la aceptación del cliente de acuerdo al art. 91 del Cod. Cons. En caso de no aceptación el consumidor podra ejercer los derechos señalados en el art 4.2.3. El consumidor podra ejercer los derechos previstos también en cuanto la anulación dependa del hecho de no haber alcanzado el número de participantes previsto en el catálogo o en el programa fuera del catálogo, o por motivos de fuerza mayor y caso fortuito, relativos al paquete turístico adquirido. Para las anulaciones diversas de aquellas causadas por fuerza mayor, de caso fortuito o no haber alcanzado el número mínimo de participantes, asimismo por aquellos diversosa la falta de aceptación por parte del consumidor del paquete turístico alternativo ofrecido( de acuerdo al precedente art. 4.2.3), el organizador que anula (ex art. 33 lett. E del Cod.Cons.) restituirà al consumidor el doble de cuanto haya pagado y recibido del organizador, tramite el agente de viajes (en el caso en el cual el cliente haya reservado o pagado tramite la agencia de viajes). La suma objeto de la restitución no sera superior al doble de los importes de los cuales el consumidor sería en la misma fecha debitor según lo previsto en el precedente art. 4.2.3 en el caso de que fuera el quien anulará.
8) REGIMEN DE RESPONSABILIDADES. El organizador responde por los daños ocasionados al consumidor con motivo de incumplimiento total o parcial de las prestaciones contractuales debidas, ya sea que las mismas vengan efectuadas por el personal o por terceros proveedores de los servicios, a menos que pruebe que el evento haya sido derivado del acto del consumidor (allí incluidas iniciativas autónomamente asumidas por este último en el curso de la ejecución de los servicios turísticos) o de circunstancias ajenas al suministro de prestaciones previstas en el contrato, de caso fortuito, de fuerza mayor, o bien de circunstancias que el mismo organizadorno podía, según la diligencia profesional, preveder o resolver razonablemente. El vendedor a través del cual se haya efectuada la reserva del paquete turístico no responda en algún caso de las obligaciones establecidas en la organización del viaje, pero es responsable exclusivamente de las obligaciones establecidas en su calidad de intermediario y de cualquier forma en los limites previstos ante tal responsabilidad de la ley y convenciones internacionales.
9) LIMITES DE LA INDEMNIZACIÓN. La indemnización a cargo del organizador a la persona en ningún caso podrán ser superior a los lmites previstos por las convenciones internacionales de las cuales formamos parte en Italia y en la Union Europea, con referencia a las prestaziones cuyo incumplimiento que ha determinado la responsabilidad. En particular, el limite indemnizado no podrá superar en ningún caso el importe de 50.000 Francos Oro Germinal por daños a las personas, el importe de 2.000 Francos Oro Germinal por daños a las cosas y el importe de 5.000 Francos Oro Germinal por cualquier ulterior daño (art. 13, n.2, CCV).
10) MODIFICACIONES DESPUES DE LA SALIDA . El organizador, en el caso de que después de la salida se encuentre en la imposibilidad de dar por cualquier razón , excepto que sea un hecho propio del consumidor, una parte esencial de los servicios contemplados en contacto, deberá predisponer soluciones alternativas sin suplementos de precio a cargo del cliente, con el fin de que el viaje pueda continuar, y eventualmente indemnizará al cliente en los límites de la diferencia entre las prestaciones previstas y aquellas otorgadas. Si no fuera posible alguna solución alternativa, o bien si el cliente no acepta la solución propuesta por válidos y comprovados motivos, el organizador, si fuera necesario, dará sin suplemento de precio, un medio de transporte para el regreso, equivalente a aquel inicialmente previsto para el regreso al lugar de salida o a otro lugar convenido, con las condiciones de que dicho medio de transporte sea disponible en modo sistemático y comun y haya sitios disponibles. Si fuera necesaria dicha solucin no se posible por causas externas a la voluntad de GH s.r.l., esta indemnizará al cliente en los limites de la diferencia entre las prestaciones previstas y aquellas efectivamente dadas, o , en alternativa, a selección del cliente, dejara un buono para la fruición de una prestación sustitutiva, de valor similar a los servicios no gozados.
11) CLASIFICACIÓN HOTELERA. La clasificación oficial de las estructuras hoteleras esta establecida en el catálogo o en otro material informativo solamente en base a las indicaciones de las autoridades competentes del país en el cual se suministrado el servicio. En ausencia de clasificaciones oficiales reconocidas por las Autoridades Públicas competentes también miembros de la UE cuyo servicio hace referencia, el organizador se reserva la facultad de establecer en catálogo o folletos una propia descripción de la estructura receptiva, de tal modo que permita una evaluación y consecuente aceptación de la misma por parte del consumidor.
12) OBLIGACIÓN DE ASISTENCIA. El organizador está obligado a proporcionar las medidas de asistencia al consumidor impuestas por el criterio de diligancia profesional exclusivamente en referencia con las obligaciones a propio cargo por disposición de ley y de contrato. El organizador y el vendedor están excentos de las respectivas responsabilidades (artt. 8 e 9) ante la falta o inexacta ejecución del contrato es imputable al consumidor o esta distribuida por el hecho de un tercero a caracter imprevedible o inevitable,o bien por un caso fortuito o de fuerza mayor.
13) RECLAMACIONES Y DENUNCIAS. Cada falta en la ejecución del contrato deberá ser contestada sin retraso con el fin de que el organizador, su representante local o el acompañador les ponga tempestivamente remedio. El consumidor deberá, so pena di resolución, hacer la reclamacion mediante el envio de una carta certificada con el recibo de entrega, al organizador o al vendedor, dentro de 10 días, ni un día mas, laborativos de la fecha del regreso en la localidad de salida.
14)PRECIO-REVISIÓN. Los precios del los paquetes turísticos públicos en este catálogo estan calculados en Euro y están establecidos en base al curso de los cambios y a los costos de servicios en vigor en al momento de la redacción de los programas de viaje o estancia, individuados con referencia a los parametros indicados en Catálogo. Tal precio podrá ser modificado solamente en concordancia de variaciones del costo del transporte, de la gasolina, de los derechos y los impuestos, tales ( a título ejemplificativo y no esaustivo) impuestos de embarque /desbarco en los puertos y en los auropuertos o del tipo de cambio aplicado. La revisión del precio estara determinada en proporción a la variación de los elementos citados y al cliente se dará la indicación de la variedad del elemento de precio che ha determinado la revisión misma.
El predio establecido en el contrato no podrá, de ninguna forma , ser aumentado en los 20 días precedentes a la fecha prevista por la salida. El cliente tiene la facultad de rescindir del contrato, de cuardo a l precedente artículo 4.2.3., en caso de aumento del precio de viaje superior al 10%, siempre que de comunicación escrita a GH s.r.l. dentro de dos dias laborativos a partir del recibimiento de la comunicación relativa al aumento. En cada caso no serán aceptadas las contestaciones sobre el precio del viaje, o sobre los singulares componente del precio durante o al final del viaje.
15) SEGURO. Si no expresamente incluído en el precio, es posible, y más aún consejable, establecer al momento de la reserva en las oficinas del organizador o del vendedor especiales polizas de seguro contra los gastos derivados por la anulación del paquete, infortunios y equipaje, Será igualmente posible establecer un contrato de seguro que cubra los gastos de repatriación en caso de accidente o enfermedad. Los detalles relativos a las primas de seguro y las condiciones generales de poliza estan señalados en la sección destinada del catálogo y en el sitio web www.terremobili.com
16) FONDO DE GARANZIA. E’ istituito presso la Direzione Generale per il Turismo del Ministero delle Attività Produttive il Fondo Nazionale di Garanzia cui il consumatore può rivolgersi (ai senti dell’art. 100 Cod. Cons.), in caso di insolvenza o di fallimento dichiarato del venditore o dell’organizzatore, per la tutela delle seguenti esigenze:
a) remborso del precio depositado;
b) su riempatriación en el caso de viajes al extranjero.
El fondo debe asimismo dar una inmediata disponibilidad económica en caso de regreso forzado de turistas de Países Extracomunitarios en ocasión de emergencia imputables o menos al comportamiento del organizador.
Las modalidades de intervencion del Fondo están establecidad mediante el decreto del Presidente del Consiglio dei Ministri del 23/7/99, n. 349.
17) INFORMACIÓN OBLIGATORIA – FICHA TECNICA
1. Organización técnica: GH IMPRESA TURISTICA – Bologna;
2. Autorización administrativa n: 390 del 23/4/2007 (acto dirigencial n°20) e conformidad con cuanto dispuesto por la Ley 7 del 31/3/2003;
3. Poliza de seguro RC n. 22580 estipulada con EUROPASSISTANCE - MILANO en conformidad con cuanto previsto por los artículos 94 e 95 Cod. Cons.;
4. Poliza fianza n° 00100049924 estipulada con NAVALE ASSICURAZIONI - MILANO.
ADDENDUM
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATO DE VENTA DE INDIVIDUALES SERVICIOS TURISTICOS
A)DISPOSICIONES NORMATIVAS
Los contratos habientes a objeto de la oferta del sólo servicio de transporte, estancia, o bien de cualquier otro servicio turístico separado, no pudiéndose configurar como hechos negociables de organización de viaje o bien de paquete turístico, están regidos por las siguientes disposiciones del CCV: art. 1, n.3 e n.6; artt. del 17 al 23; art. del 24 al 31, en cuanto concierne las previsiones diversas de aquellas relativas al contrato de organización, asimismo de otros pactos específicamente referidos a la venta del individual servicio objeto del contrato.
B) CONDICIONES DE CONTRATO
A tales contratos son igualmente aplicables las ciguientes cláusulas de las condiciones generales de venta de paquetes turísticos antes mencionados: art. 2, art. 3, art. 4, art. 5, art. 7.1, art. 10, art. 12, art. 15.
La aplicación de dichas cláusulas no determina absolutamente la configuración de los relativos contratos como hechos de paquete turísticos. La terminología de las cláusulas citadas relativa al contrato de paquete turistico (organizador, viaje, etc.) va por tanto entendida con referencia a las correspondientes figuras del contrato de venta de individuales servicios turísticos (vendedor, estancia, etc.).
Comunicación obligatoria de acuerdo al art. 16 de la Ley 296/98: la Ley italiana castiga con la pena de la reclusione los reatos inherentes a la prostitución y a la pornografía de menores, aunque si los mismos son cometidos en el extranjero.
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